
Derechos de los trabajadores no sindicalizados
En el caso de los trabajadores no sindicalizados, la empresa siempre deberá respetar los derechos fundamentales de la persona, en referencia a la libertad, la no discriminación, etc. Sin embargo, la empresa puede negociar el convenio individual de trabajo, por el que regule las condiciones del contrato con su trabajador en puesto del Convenio General que afecte a aquellos trabajadores sindicalizados.
Es por ello, que a la hora de regular los periodos de vacaciones, días libres, jornadas laborables máximas… el profesional no sindicalizado deberá tener cuidado y asesorarse bien, para evaluar al detalle cuáles son las medidas que la empresa está intentando imponerle.
Uno de los inconvenientes más importantes de la ausencia de sindicación en el trabajador, es el hecho de la variabilidad de condiciones laborales que pueden encontrarse en una misma empresa, entre los distintos empleados.
Así en puesto de estar sujeto a su convenio general colectivo, este profesional podrá recibir beneficios o perjuicios, tanto como la patronal imponga en su negociación.
Además, otro fenómeno bastante frecuente que se encuentra en este tipo de situaciones, es el hecho de que la empresa negocie con los trabajadores no sindicalizados para obtener convenios individuales mejores que los pactados con el convenio colectivo, de forma que los profesionales rehusen de organizarse en sindicatos para defender de forma conjunta sus derechos. Esto es un retroceso importante en el avance por el camino de los derechos laborales y al que no se debería acceder, a pesar de que las condiciones puedan parecer a priori, «apetitosas».