
Derecho a paro para los empleados del hogar
Una vez ya tenemos claro a quién se le considera empleado del hogar, debemos saber que en el Sistema Especial de los Empleados del Hogar, no se cotiza para el desempleo, pero si para la asistencia sanitaria por accidente, enfermedad y maternidad, y también para la jubilación. Por lo que las prestaciones contributivas que se pueden recibir son las prestaciones por maternidad y paternidad, y la pensión de jubilación, pero no la prestación por desempleo.
Por eso, en caso de que la duración del contrato de servicio doméstico haya finalizado, la persona trabajadora se verá en situación de desempleo sin derecho a paro, a no ser que se den una serie de condiciones que detallamos a continuación.
Empleados del hogar sin derecho a paro
Como hemos visto con anterioridad, las empleados del hogar no tienen derecho paro. Pero en el caso de que tengan cotización acumulada de otros trabajos, al perder el trabajo de empleado del hogar se puede pedir el paro por los empleos anteriores. En caso de que no hayan empleos anteriores que sí daban derecho a paro, es posible pedir unas ayudas especiales, llamadas «rentas de integración«. Aunque la realidad es que este tipo de ayudas tienen una tramitación muy lenta debido a la falta de recursos.