Lo más importante que se debe saber respecto a la duración del paro, es que ésta va a depender sobretodo del tiempo de cotización que tenga el trabajador, además de que, tal y como pasa en las cuantías, también existe un máximo y mínimo en la duración de las prestaciones por desempleo.
Duración máxima del paro
La duración de la prestación por desempleo está sujeta a las cotizaciones del trabajador desempleado. Se debe tener en cuenta que las cotizaciones que ya hemos utilizado para algún tipo de prestación anterior, no se pueden volver a utilizar. Es decir, no se puede utilizar una misma cotización para cobrar diferentes ayudas o prestaciones.
La duración máxima de la prestación por desempleo es de 2 años, para lo que se debe tener cotizados 2160 días o más. Pero también existe una duración mínima de las cotizaciones, cuya duración es de 4 meses y los días cotizados se comprenden entre 360-539.
A continuación os mostramos las duraciones de las prestaciones por desempleo dependiendo de los días cotizados.
360-539 días cotizados — 120 días de prestación
540-719 días cotizados — 180 días de prestación
720-899 días cotizados — 240 días de prestación
900-1079 días cotizados — 300 días de prestación
1080-1259 días cotizados — 360 días de prestación
1260-1439 días cotizados — 420 días de prestación
1440-1619 días cotizados — 480 días de prestación
1620-1799 días cotizados — 540 días de prestación
1800-1979 días cotizados — 600 días de prestación
1980-2159 días cotizados — 660 días de prestación
+2160 días cotizados — 720 días de prestación
Cálculo de la duración del paro
Para saber el día de la extinción de la prestación por desempleo que se está cobrando, se debe aprender a calcular una prestación por desempleo, que principalmente va a depender de los días que hemos cotizado a la Seguridad Social. A más días cotizados, más larga será la duración de la prestación.
Una vez ya tenemos en nuestro conocimiento los días cotizados -se debe tener en cuenta que no hayamos utilizado los días de cotización para cobrar otra prestación anterior- solo debemos de aplicar los datos facilitados anteriormente de duración de la prestación según los días cotizados.
En el caso de los trabajadores a tiempo parcial que trabajaban 5 días a la semana o más, les cuenta un día de trabajo un día cotizado. Pero, si los días de trabajo a la semana eran inferiores a 5, se multiplicarán los días totales de trabajo por el coeficiente 1,4.