¿Cuáles son los derechos del trabajador ante un despido improcedente?

En este artículo profundizamos en los derechos del trabajador ante un despido improcedente, cuáles son las señas que lo identifican y que hacer ante esta situación. Ya que ante un despido que considere improcedente, el trabajador nunca debe aceptarlo y ha de utilizar todos los recursos que le proporciona la ley para defender sus derechos.

Hay que tener en cuenta que, según datos oficiales, sólo una de cada seis sentencias sobre despidos da la razón al empresario. Por lo tanto, el trabajador nunca debe tener miedo a reivindicar sus legítimos derechos y más si considera que ha sido despedido sin una causa justificada.

¿Cuándo es el despido improcedente?

¿Cuándo un despido es improcedente?

En un despido improcedente, el empresario no es capaz de justificar los motivos del mismo o tiene defectos formales que lo invalidan.

Para proceder a este despido, el empresario ha tenido que enviar una carta de despido al trabajador en la que enumera las causas de la extinción unilateral de su contrato. Si los motivos no se pueden probar o no son lo suficientemente graves para finalizar la relación laboral, estaremos hablando de despido improcedente.

Si el empresario alega razones económicas, como es el caso de los denominados despidos objetivos, deberá justificarlas y demostrar su existencia real debidamente.

Si alega falta de adaptación del trabajador, ausencias repetidas no justificadas o bajo rendimiento, también deberá probarlo.

Los defectos formales en los que puede incurrir el empresario y que convierten el despido en improcedente pueden ser la falta de comunicación escrita al trabajador o la ausencia de justificación argumentada para el despido o la ausencia de fecha de efecto del despido, entre otras.

El despido improcedente y tus derechos

Derechos del trabajador en caso de despido improcedente

Si el trabajador considera que ha sido despedido sin causa justificada, debe impugnar esa decisión del empresario.

En primer lugar, deberá presentar la denominada “papeleta de conciliación”, para tratar de llegar a un acuerdo con la empresa sin necesidad de ir a juicio.

Si la conciliación no es posible, el trabajador deberá recurrir a la vía judicial. Una sentencia dictaminará si el despido es procedente, nulo o improcedente.

El despido nulo está relacionado con la violación flagrante por parte del empresario de derechos fundamentales del trabajador, como el derecho al trabajo y maternidad o el derecho a la libertad sindical.

Si el juez declara el despido improcedente, pueden pasar dos cosas:

Que la empresa readmita al trabajador

Las condiciones laborales de readmisión deberán ser aquí idénticas a las disfrutadas antes del despido.

Además, la empresa deberá abonar al trabajador los salarios de tramitación entre la fecha de despido y la de readmisión.

Los salarios de tramitación son los que el trabajador dejó de percibir entre el momento del despido y la sentencia que lo declara como improcedente.

También le computará para la cotización en la Seguridad Social dicho período.

El despido improcedente y su indemnización

Que la empresa indemnice al trabajador

Si el empresario no quiere readmitir al trabajador, que es el supuesto más habitual, deberá indemnizarlo.

La readmisión es menos común pues la relación entre trabajador y empresario suele estar ya rota tras el juicio y la declaración de despido improcedente y es muy difícil para ambas partes tratar de recomponerla.

La cuantía de la indemnización por despido se basa en dos supuestos:

  • Si la relación laboral comenzó antes del 12 de febrero de 2012, la empresa deberá abonar al trabajador 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades hasta dicha fecha de febrero de 2012 y 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades desde la fecha de referencia mencionada y en adelante. Los períodos inferiores a un año serán prorrateados por meses.
  • Si la relación laboral comenzó después del 12 de febrero de 2012, la indemnización es más baja: 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades. Aquí también son prorrateados por meses los períodos inferiores al año.
    En el caso de que el despedido fuera un representante de los trabajadores, será el mismo empleado quien decida si quiere una indemnización o ser readmitido en la empresa.

La decisión que tome el empresario, entre readmisión o indemnización, deberá adoptarla en un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia. De no ser así, la norma interpreta que el empresario ha optado por la readmisión.